“PRUEBA TESTIMONIAL… ¿HERRAMIENTA FUNDAMENTAL EN LA INVESTIGACION DE UN HECHO DELICTUAL O SIMPLEMENTE UN DATO IRRELEVANTE?”
Por René Monsalves
Por René Monsalves
Todos los días las personas están expuestas a presenciar diferentes hechos delictivos, ya sean estos por omisión, falta, o un delito más complejo y repudiable, lo cierto es que por el solo hecho de presenciar estos actos a través de los sentidos cualquiera sean estos, se convierten legalmente en Testigos, por lo tanto, será su derecho y deber, el de cooperar cuando la justicia requiera de sus declaraciones a fin de poder dar esclarecimiento a estos hechos y sancionar con las medidas correspondientes
Si bien, tanto Carabineros, como La Policía de Investigaciones de Chile está muy bien catalogada en el contexto policial de América del Sur por su profesionalismo y suspicacia preventiva e investigativa, se debe considerar que todo “buen trabajo” es fruto de la maximización de recursos tanto científico como de personal, dentro de lo denominado personal se encuentra la comunidad ya que con un rol preventivo o testimonial ayudan a las policías día a día.
Las investigaciones de un hecho delictivo, en Chile tienen dos formas de seguirse una es siguiendo los lineamientos de una investigación policial y la otra es siguiendo los pasos de una investigación científica. La primera se basa en la experiencia y la intuición de los Investigadores, mientras que en la segunda la intuición y los testigos son dejados de lado y los investigadores se concentran específicamente en las pruebas encontradas en el sitio del suceso y los alrededores, pruebas que por cierto, deben ser físicas, palpables y visibles ante los ojos de cualquier persona.
Pero entonces la prueba testimonial sería… ¿La herramienta fundamental de de una investigación delictual o simplemente un dato irrelevante? Frente a esta disyuntiva se puede sostener que: “La prueba testimonial es fundamental en una investigación”. Ya que permite acotar los campos de búsqueda reduciendo el número de los sospechosos a través de las descripciones que son entregadas tanto por la victima en el caso que puedan entregar su declaración, como por los “Testigos”. Según el C.P.P. en su Art. 110 (Código de Procedimiento Penal, 2004), señala que la comprobación del hecho que reviste de carácter de impunidad y el o los autores de este hecho si son comprobables por la declaración de testigos, un ejemplo claro de este art. fue el caso tan controversial y misterioso como el del psicópata de “Alto Auspicio” en Iquique, segunda región de Chile, las declaraciones de testigos y de una de las víctimas aportaron datos muy importantes para la investigación, como las características del vehículo en el que se movilizaba el violador y cual era el “moduss operandiss” de este delincuente, de este modo la policía pudo dar con la identificación del delincuente con lo que se pudo someter al imputado a las sanciones correspondientes, entregadas por la justicia, a través de los tribunales.
Sin embargo, pese a todos los aportes que pueden entregar la “Prueba testimonial” Hay quienes piensan que las declaraciones de testigos son solo un dato irrelevante y que al contrario de lo que se puede pensar las pruebas testimoniales son ramales desorientadores de las investigaciones efectuadas por las policías, según menciona el mayor de Carabineros, Jorge Aguirre Hrepic en su manual de Investigación Criminalística (1º Ed., 1992) la prueba testimonial si bien se habría utilizado en algún tiempo pasado hoy en día a quedado obsoleta, debido los problemas y trabas investigativas. Esto debido a que la confesión o también llamada prueba testimonial es una prueba sesgada por los principios de quien la emite, ya sean estos de índole ideológica, moral, sexual o por simple corrupción o intereses creados los cuales hacen que en lugar de acercarse rápidamente al o los delincuentes o victimarios se desplace el curso de la investigación por los caminos laterales retrasando así la aprehensión del o los autores del hecho que se investiga.
Bajo este punto de vista, se puede señalar que: “La prueba testimonial desvincula, entorpece y obstruye las investigaciones”, por tanto no podría considerarse como pilar fundamental en la investigación de un hecho delictual, si no más bien como “un dato irrelevante” o por lo menos como una información anexa dentro de la investigación. Ya que se considera que la investigación policial se basa de conjeturas, intuición de los efectivos policiales y las declaraciones de las victimas y testigos se debería catalogar a este tipo de investigaciones como vulgares y poco científicas, debido a que si se analiza las declaraciones de las victimas, estas estarán corrompidas por el nerviosismo, el temor y el recuerdo inolvidable y a la vez poco agradable del hecho, que por cierto vulneró sus derechos de ciudadanos libres y sus derechos humanos. Mientras que por otra parte la declaración de los testigos también esta corrompida por el temor ya que se hace presente, que en el juicio que se iniciara luego de la investigación es de carácter publico y que el testigo que ayudo voluntariamente en un primer momento a la policía deberá estar presente y en aquel juicio, debiendo declarar y sentarse a menos de dos metros, del o los imputados y de los familiares de este. Por lo que el nerviosismo y el temor se apoderan completamente de los testigos, desencadenando en un cambio constante de declaraciones.
Por otra parte la investigación científica aplasta a la investigación policial con sus pasos bien definidos y estratégicamente establecidos además de un elemento fundamental, objetivo, tangible y fidedigno con el cual se puede acusar o absolver de culpabilidad con toda la fuerza posible y sin miedo a cometer errores o perjudicar atropellando los valores de libertad de las personas, La prueba básica de este tipo de investigación es la Prueba Indiciaria que no es nada mas que objetos, rastros o indicios de un hecho y del actor que cometió ilícito. Estas pruebas, son los testigos inertes y mudos de los denominados peritos los cuales se encargan de establecer a la base de su conocimiento cuales son las declaraciones que le entregan los rastros e indicios, pudiendo establecer incluso con total preedición todo el hecho delictual sin la necesidad de que una persona humana le señale como cometió el acto el imputado. Un ejemplo de este profesionalismo fue la investigación realizada por la policía de Investigaciones en el caso del doble parricidio ejecutado por Felipe Hermosilla Holander quien en Sep. del 2005 asesino a sus padres y que posteriormente los insumo ilegalmente en el en patio de la misma vivienda Temuco, capital de la X región de Chile, en este caso la policía pudo establecer post-peritajes el patético y escalofriante “moduss aperandiss” del imputado
Como se puede ver el esclarecimiento de un hecho delictivo debe hacerse de la manera más científica posible, a fin de no involucrar a personas inocentes y dejar huir a los culpables por lo que la teoría de que la Prueba testimonial sería un pilar fundamental es totalmente refutable e insostenible debido a los problemas y complicaciones que traen para la investigación la confianza depositada por parte de los policías en este tipo de prueba, esto debido a que las declaraciones de los testigos son influenciadas por un sin número de motivos entre los cuales se encuentran la corrupción, las tendencias sexuales y las diferentes corrupciones que se pueden dar en este mundo, que cada día esta mas convulsionado y dominado por la ambición y el egoísmo. Por otra parta la evolución de los medios de pruebas presenta hoy por hoy a la prueba indiciaria como máximo exponente evidencial y con un gran rango de objetividad.
En cuanto a lo que respecta al C.P.P. y su Art. 110 (Código de Procedimiento Penal, 1993), lo que algunos autores señalan que buscaría la ley, sería la utilización de las declaraciones de testigos idóneos para la argumentación y el esclarecimiento de los casos y no de rumores y apreciaciones infundadas que personas poco objetivas pudieran elaborar, por lo que la validez de los testigos queda remitida al criterio del juez y a la validez de su testimonio en comparación con las evidencias físicas encontradas en el lugar del hecho demonizado sitio del suceso. Bajo nuestro punto de vista los testigos más idóneos serían los peritos personas que teniendo título profesional o no, tiene competencia especial en la materia sobre la cual se debe versar el informe llamado peritaje o el juicio en el momento de presentar los testigos o peritos, para apoyar o derrumbar una tesis o coartada ya sea de la parte acusatoria como de la contraparte defensora.
En conclusión, no queda más que hacer mención categórica que la prueba testimonial es absolutamente cuestionable y contraproducente tanto una investigación científica de un hecho delictual, por lo que solo se puede considerar como un dato anexo y poco necesario dentro de la investigación. Debido a las ambigüedades que estos testimonios presentarían, por diversos motivos, ya sea étnicos, culturales o los mencionados anteriormente. Ahorrando tiempo en el esclarecimiento de un hecho y logrando enjuiciar a los verdaderos responsables mitigando en parte el dolor de la víctima y de sus familiares.
Por otra parte, se puede señalar que la investigación policial está totalmente obsoleta ya que debido a toda la tecnología existente hoy en día no es difícil establecer a la investigación científica en lugar de la policial, ahorrando así tiempo y recursos al no tener que investigar datos irrelevantes aportados por los testigos.
Dedicado con especial aprecio y estima a los Profesores: Eleazar Ojeda Salamanca y David Salazar. Por sus concejos, enseñanzas y sabidurías. Entregadas durante los cuatro años de liceo. A ellos que supieron comprender y orientar a los 28 alumnos de la promoción 2006 del colegio san Francisco de Temuco… muchas gracia.
René Monsalves Dumont
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